Plusvalía
La plusvalía urbana en Colombia es el incremento en el valor del suelo que se genera cuando el Estado toma decisiones de ordenamiento territorial que benefician económicamente a los propietarios de terrenos, sin que estos hayan realizado inversión alguna. Está regulada por la Ley 388 de 1997 (Ley de Desarrollo Territorial).
¿Cuándo se genera plusvalía?
La Ley 388 establece tres hechos generadores: 1. Incorporación de suelo rural al perímetro urbano: cuando un terreno pasa a ser urbano por decisión del Plan de Ordenamiento Territorial (POT) 2. Mayor aprovechamiento del suelo: cuando el municipio aumenta el índice de edificabilidad permitido en una zona 3. Autorización de usos más rentables: cuando se permite uso comercial en zonas antes residenciales
¿Cuánto se cobra?
Los municipios pueden cobrar entre el 30% y el 50% del incremento en el valor del suelo atribuible a la acción urbanística. El cobro se hace efectivo en el momento de solicitar una licencia de construcción, transferir el inmueble o cambiar el uso del predio.
Plusvalía vs. valorización: no son lo mismo
La contribución de valorización es un cobro para financiar obras públicas específicas (una vía, un parque). La plusvalía es la participación del municipio en el incremento de valor generado por decisiones de ordenamiento. Un mismo predio puede estar sujeto a ambos.
¿Qué deben saber los agentes inmobiliarios?
Antes de asesorar la compraventa de un lote o terreno, verifique si el predio tiene plusvalías pendientes de pago con el municipio. Este pasivo puede transferirse al comprador si no se liquida antes de la escrituración, afectando el precio de negociación.